La Convención. Primera ley internacional de los derechos del niño
La "Convención sobre los Derechos del Niño" es un tratado de las Naciones Unidas y la primera ley internacional que protege los derechos del niño, la niña y el adolescente, siendo por tanto un instrumento "jurídicamente vinculante"; esto quiere decir, que su cumplimiento es obligatorio. Es el instrumento jurídico de derechos humanos más amplio y rápidamente aceptado por la comunidad internacional que hace legítima las necesidades de los niños y las niñas ofreciendo las bases legales para el bienestar de todos. Fue aprobada por unanimidad en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y entró en vigor el 2 de septiembre de 1990. La C.D.N ha sido ratificada por 191 países, solamente dos países no la han ratificado: Estados Unidos y Somalia.
La UNICEF es el "Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia" y su misión es fomentar y proteger los derechos aprobados en la Convención, defendiéndolos en cualquier lugar, y contribuyendo al bienestar de los niños, niñas y jóvenes en todo el mundo. Como se trata de una agencia de Naciones Unidas, UNICEF trabaja para ofrecer a los niños y niñas el mayor bienestar en la vida, para ayudar a que las niñas, niños y jóvenes sobrevivan y se desarrollen plenamente proporcionando de esa forma que se cumplan y no se violen ningún de los artículos de la Convención.
La Convención consta de 54 artículos y dos Protocolos Facultativos que reconocen que todos los menores de 18 años tienen derecho al pleno desarrollo físico, mental, social y sobre todo a expresar libremente sus opiniones, convirtiéndose en un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad. En ella se reconoce que el niño, por sus mismas condiciones, requiere de una atención especial que asegure su bienestar, definiendo los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todos los lugares del mundo; todos los derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y al desarrollo armonioso de todos los niños y niñas, reuniendo además derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales reafirmando así su universalidad, interdependencia e indivisibilidad.
La C.D.N. opera como un ordenador de las relaciones entre la infancia, el Estado y la familia que se estructura a partir del reconocimiento de derechos y deberes recíprocos. Siguiendo la tradición contenida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la C.D.N es profundamente respetuosa de la relación niño-familia, enfatizando el papel de las políticas sociales básicas y de protección, limitando la intervención tutelar del estado en última instancia cuando se supone que han fallado los esfuerzos de la familia y los programas sociales generales. De este modo, el enfoque de los Derechos Humanos permitirá organizar desde una perspectiva diferente las políticas públicas de la infancia y la participación de los niños en la sociedad.
Actualmente la Convención tiene gran importancia, pues en primer lugar reconoce la dignidad del niño(a); obliga al Estado a revisar sus leyes y hacer que se cumplan y respeten sus derechos, todos los países una vez que la asumen se comprometen política y moralmente ante los demás países del mundo, existiendo por primera vez un instrumento legal internacional que se refiera exclusivamente a la defensa de los derechos del niño.
Contenido y estructura de la C.D.N
La Convención está compuesta por una serie de normas y obligaciones aceptadas por todos y que no son negociables. Contiene 54 artículos que se pueden agrupar en torno a cuatro grandes temas:
- El derecho a la supervivencia.
- El derecho a desarrollar su capacidad mental y física hasta el máximo de sus posibilidades.
- El derecho a la protección contra las influencias peligrosas para su desarrollo.
- El derecho a la participación en la vida familiar, cultural y social.